Lo que queda de la Ley de Extranjería
El pacto entre el PP y CiU modifica sustancialmente el proyecto del
Congreso
M. G., Madrid
La Comisión Constitucional del Senado aprobó ayer la
proposición de Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de
los Extranjeros en España y su Integración Social, más
conocida como Ley de Extranjería . El pacto alcanzado entre el Gobierno
y Convergència i Unió (CiU) modifica sustancialmente el texto
aprobado el pasado 25 de noviembre por el pleno del Congreso. A continuación
se explican los principales puntos del acuerdo, comparándolo con
el proyecto original y con el contenido de las 112 enmiendas que presentó
el PP.
• Igualdad con los españoles. CiU ha introducido un párrafo
en el que se dice, en contra el criterio del PP y recuperando en parte
lo acordado por el Congreso, que "como criterio interpretativo general,
se entenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que se les
reconoce en esta ley en condiciones de igualdad con los españoles".
• Legales e irregulares. CiU ha aceptado que se limite a los
inmigrantes con residencia legal los derechos de reunión, manifestación
y asociación, así como el acceso a la enseñanza no
obligatoria y a las ayudas para vivienda. A los extranjeros en situación
irregular sólo se les reconoce el acceso a la educación obligatoria
y a la asistencia sanitaria, así como a los servicios y prestaciones
sociales básicas. Los derechos de sindicación y huelga se
reservan a los inmigrantes con permiso de trabajo.
• Participación. CiU ha aceptado que el derecho de voto
en las municipales se condicione a la existencia de reciprocidad en los
países de origen de los inmigrantes. También que se suprima
la posibilidad de que los extranjeros, sea cual sea su situación
legal, elijan a sus representantes, aunque se dice que "podrán ser
oídos en los asuntos que les afecten".
• Garantías jurídicas. Se reconoce la tutela judicial
efectiva a los extranjeros "que se hallen en España", tanto en situación
legal como ilegal, pero no a los que sean rechazados en la frontera. A
los indocumentados se les concede el derecho a un abogado de oficio e intérprete
en los procesos judiciales o administrativos que puedan llevar a su expulsión,
pero no a la justicia gratuita, reservada a los residentes legales.
• Reagrupamiento familiar. Es un derecho de los extranjeros residentes
en España y no una potestad de la Administración, como pretendía
el PP. El inmigrante que logre permiso de residencia por matrimonio podrá
perderlo si éste se rompe, salvo si acredita un tiempo de convivencia
en España que se fijará reglamentariamente. El PP proponía
dos años.
• Visados. El texto del Congreso decía que "la denegación
de visado deberá ser expresa y motivada e indicar los recursos que
procedan". El PP se oponía a que hubiera que motivar la denegación,
ya que la misma facilita el recurso a los tribunales. Según el acuerdo
con CiU, la motivación sólo será necesaria cuando
se trate de "visados de residencia para reagrupación familiar o
para el trabajo por cuenta ajena".
• Mecanismo de regularización. El texto del Congreso permitía
obtener la residencia temporal al extranjero que estuviese empadronado
y acreditase una estancia ininterrumpida de dos años en España.
El PP propuso que se exigiera haber tenido un permiso temporal y haberlo
renovado al menos dos veces. CiU ha aceptado esta fórmula, pero
con una sola renovación.
• Menores. CiU ha aceptado que la policía informe al fiscal,
y no al juez, cuando localice a un menor indocumentado.
• Permiso de trabajo. El permiso de trabajo se renovará
a quienes tengan una prestación económica asistencial de
carácter público y el permiso de residencia permanente autoriza
para trabajar. El PP quiso suprimir ambos preceptos del texto del Congreso.
• Contingente. La aprobación de un contingente anual de
trabajadores extranjeros no será obligatoria, sino que dependerá
del Gobierno, como quería el PP. CiU ha aceptado incluir en dicho
contingente las ofertas de empleo dirigidas por empresarios a trabajadores
extranjeros, en contra de lo que decía el texto del Congreso. El
PP ha admitido excluir del mismo a los cónyuges e hijos de inmigrantes
legales o a los extranjeros casados con españoles, entre otros colectivos.
• Permiso para estudiantes. CiU ha aceptado que la prórroga
del permiso para estudiantes esté condicionada a que se verifique
la realización de los estudios.
• Temporeros. CiU ha aceptado que la responsabilidad de velar
por la dignidad y salubridad del alojamiento de los trabajadores temporeros
corresponda a los empresarios y no a la Administración.
• Transfronterizos. El PP ha retirado la enmienda que obligaba
a los trabajadores transfronterizos a regresar diariamente a su país,
por lo que sólo deberán hacerlo una vez a la semana.
• Expulsiones. CiU ha aceptado el endurecimiento del capítulo
de sanciones incluido en la ley que aprobó el Congreso. Encontrarse
irregularmente en territorio español, por carecer de permiso o haber
caducado, y trabajar sin autorización para ello será causa
suficiente para la expulsión. Mientras se procede a la expulsión,
se podrá detener a los inmigrantes irregulares por un máximo
de 72 horas e ingresarlos en un centro de internamiento por un máximo
de 40 días, con autorización judicial. También podrán
ser expulsados los extranjeros que sean condenados a una pena de privación
de libertad superior a un año, aunque hayan nacido en España
o tengan la residencia permanente. CiU ha aceptado incluir en el texto
el procedimiento preferente de expulsión, que supone la salida de
España del extranjero con carácter inmediato, tras un plazo
de alegaciones de 48 horas.
• Organizaciones de apoyo a los inmigrantes. CiU ha aceptado
que se suprima el reconocimiento de que las organizaciones para la defensa
de los inmigrantes puedan intervenir en los procedimientos administrativos
en materia de extranjería. En su lugar, ha introducido una mención
al artículo 19. 1. b. de la Ley de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, en el que se dice que estarán legitimadas para intervenir
en esta jurisdicción "las corporaciones, asociaciones, sindicatos
y grupos y entidades que resulten afectados o estén legalmente habilitados
para la defensa de los derechos e intereses legítimos colectivos".
• Foro para la Inmigración. CiU ha aceptado que dicho
organismo, en el que participan las Administraciones Públicas, asociaciones
de inmigrantes, organizaciones sociales, sindicatos y empresarios cambie
su nombre por el de Foro para la Integración Social de los Inmigrantes,
para dejar claro que sus competencias se limitan a este aspecto, como quería
el PP.
• 1 de enero de 1999. La regularización extraordinaria
de extranjeros prevista por la ley afectará a todos los que se encuentren
en España desde antes del 1 de enero de 1999, como propuso el PP,
y no del 1 de junio del mismo año, como aprobó el Congreso.
En cambio, el Grupo Popular ha retirado su enmienda para que la entrada
en vigor de la ley se demore tres meses, por lo que se aplicará
a los 20 días de su publicación en el BOE.
• Ley de Asilo. El PP ha retirado la enmienda que modificaba
la Ley de Asilo y Refugio de 1984, reformada en 1994. La disposición
afectaba a las solicitudes de asilo que requieran el pronunciamiento previo
de otro Estado. El Gobierno sostenía que el objetivo de esta enmienda
era aplicar la Convención de Dublín.
• Transportistas. CiU ha aceptado las enmiendas del PP que sancionan
con multa de hasta 10 millones a las empresas de transporte que trasladen
a España -o la Península desde Ceuta y Melilla- a inmigrantes
sin documentación en regla. Dichas empresas deberán hacerse
cargo de la manutención y viaje de regreso del extranjero. De lo
contrario, se podrán suspender las actividades de la empresa o inmovilizar
el medio de transporte.
• Contra las mafias. Es uno de los aspectos de la ley que no
se ha modificado. Los inmigrantes irregulares que denuncien a las mafias
que explotan el tráfico de seres humanos y la prostitución
quedarán exentos de responsabilidad y no serán expulsados.
El Código Penal se modifica para tipificar los delitos contra los
derechos de los extranjeros. Otro capítulo de la ley que no ha enmendado
el Senado define los actos de discriminación por razón de
raza, color, origen nacional o étnico o religión. |