El País Digital
Sábado 
11 diciembre 
1999 - Nº 1317
ESPAÑA
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Lo que queda de la Ley de Extranjería 

El pacto entre el PP y CiU modifica sustancialmente el proyecto del Congreso 

M. G., Madrid 
La Comisión Constitucional del Senado aprobó ayer la proposición de Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, más conocida como Ley de Extranjería . El pacto alcanzado entre el Gobierno y Convergència i Unió (CiU) modifica sustancialmente el texto aprobado el pasado 25 de noviembre por el pleno del Congreso. A continuación se explican los principales puntos del acuerdo, comparándolo con el proyecto original y con el contenido de las 112 enmiendas que presentó el PP.
 
 

• Igualdad con los españoles. CiU ha introducido un párrafo en el que se dice, en contra el criterio del PP y recuperando en parte lo acordado por el Congreso, que "como criterio interpretativo general, se entenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que se les reconoce en esta ley en condiciones de igualdad con los españoles".
 
 

• Legales e irregulares. CiU ha aceptado que se limite a los inmigrantes con residencia legal los derechos de reunión, manifestación y asociación, así como el acceso a la enseñanza no obligatoria y a las ayudas para vivienda. A los extranjeros en situación irregular sólo se les reconoce el acceso a la educación obligatoria y a la asistencia sanitaria, así como a los servicios y prestaciones sociales básicas. Los derechos de sindicación y huelga se reservan a los inmigrantes con permiso de trabajo.
 
 

• Participación. CiU ha aceptado que el derecho de voto en las municipales se condicione a la existencia de reciprocidad en los países de origen de los inmigrantes. También que se suprima la posibilidad de que los extranjeros, sea cual sea su situación legal, elijan a sus representantes, aunque se dice que "podrán ser oídos en los asuntos que les afecten".
 
 

• Garantías jurídicas. Se reconoce la tutela judicial efectiva a los extranjeros "que se hallen en España", tanto en situación legal como ilegal, pero no a los que sean rechazados en la frontera. A los indocumentados se les concede el derecho a un abogado de oficio e intérprete en los procesos judiciales o administrativos que puedan llevar a su expulsión, pero no a la justicia gratuita, reservada a los residentes legales.
 
 

• Reagrupamiento familiar. Es un derecho de los extranjeros residentes en España y no una potestad de la Administración, como pretendía el PP. El inmigrante que logre permiso de residencia por matrimonio podrá perderlo si éste se rompe, salvo si acredita un tiempo de convivencia en España que se fijará reglamentariamente. El PP proponía dos años.
 
 

• Visados. El texto del Congreso decía que "la denegación de visado deberá ser expresa y motivada e indicar los recursos que procedan". El PP se oponía a que hubiera que motivar la denegación, ya que la misma facilita el recurso a los tribunales. Según el acuerdo con CiU, la motivación sólo será necesaria cuando se trate de "visados de residencia para reagrupación familiar o para el trabajo por cuenta ajena".
 
 

• Mecanismo de regularización. El texto del Congreso permitía obtener la residencia temporal al extranjero que estuviese empadronado y acreditase una estancia ininterrumpida de dos años en España. El PP propuso que se exigiera haber tenido un permiso temporal y haberlo renovado al menos dos veces. CiU ha aceptado esta fórmula, pero con una sola renovación.
 
 

• Menores. CiU ha aceptado que la policía informe al fiscal, y no al juez, cuando localice a un menor indocumentado.
 
 

• Permiso de trabajo. El permiso de trabajo se renovará a quienes tengan una prestación económica asistencial de carácter público y el permiso de residencia permanente autoriza para trabajar. El PP quiso suprimir ambos preceptos del texto del Congreso.
 
 

• Contingente. La aprobación de un contingente anual de trabajadores extranjeros no será obligatoria, sino que dependerá del Gobierno, como quería el PP. CiU ha aceptado incluir en dicho contingente las ofertas de empleo dirigidas por empresarios a trabajadores extranjeros, en contra de lo que decía el texto del Congreso. El PP ha admitido excluir del mismo a los cónyuges e hijos de inmigrantes legales o a los extranjeros casados con españoles, entre otros colectivos.
 
 

• Permiso para estudiantes. CiU ha aceptado que la prórroga del permiso para estudiantes esté condicionada a que se verifique la realización de los estudios.
 
 

• Temporeros. CiU ha aceptado que la responsabilidad de velar por la dignidad y salubridad del alojamiento de los trabajadores temporeros corresponda a los empresarios y no a la Administración.
 
 

• Transfronterizos. El PP ha retirado la enmienda que obligaba a los trabajadores transfronterizos a regresar diariamente a su país, por lo que sólo deberán hacerlo una vez a la semana.
 
 

• Expulsiones. CiU ha aceptado el endurecimiento del capítulo de sanciones incluido en la ley que aprobó el Congreso. Encontrarse irregularmente en territorio español, por carecer de permiso o haber caducado, y trabajar sin autorización para ello será causa suficiente para la expulsión. Mientras se procede a la expulsión, se podrá detener a los inmigrantes irregulares por un máximo de 72 horas e ingresarlos en un centro de internamiento por un máximo de 40 días, con autorización judicial. También podrán ser expulsados los extranjeros que sean condenados a una pena de privación de libertad superior a un año, aunque hayan nacido en España o tengan la residencia permanente. CiU ha aceptado incluir en el texto el procedimiento preferente de expulsión, que supone la salida de España del extranjero con carácter inmediato, tras un plazo de alegaciones de 48 horas.
 
 

• Organizaciones de apoyo a los inmigrantes. CiU ha aceptado que se suprima el reconocimiento de que las organizaciones para la defensa de los inmigrantes puedan intervenir en los procedimientos administrativos en materia de extranjería. En su lugar, ha introducido una mención al artículo 19. 1. b. de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el que se dice que estarán legitimadas para intervenir en esta jurisdicción "las corporaciones, asociaciones, sindicatos y grupos y entidades que resulten afectados o estén legalmente habilitados para la defensa de los derechos e intereses legítimos colectivos".
 
 

• Foro para la Inmigración. CiU ha aceptado que dicho organismo, en el que participan las Administraciones Públicas, asociaciones de inmigrantes, organizaciones sociales, sindicatos y empresarios cambie su nombre por el de Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, para dejar claro que sus competencias se limitan a este aspecto, como quería el PP.
 
 

• 1 de enero de 1999. La regularización extraordinaria de extranjeros prevista por la ley afectará a todos los que se encuentren en España desde antes del 1 de enero de 1999, como propuso el PP, y no del 1 de junio del mismo año, como aprobó el Congreso. En cambio, el Grupo Popular ha retirado su enmienda para que la entrada en vigor de la ley se demore tres meses, por lo que se aplicará a los 20 días de su publicación en el BOE.
 
 

• Ley de Asilo. El PP ha retirado la enmienda que modificaba la Ley de Asilo y Refugio de 1984, reformada en 1994. La disposición afectaba a las solicitudes de asilo que requieran el pronunciamiento previo de otro Estado. El Gobierno sostenía que el objetivo de esta enmienda era aplicar la Convención de Dublín.
 
 

• Transportistas. CiU ha aceptado las enmiendas del PP que sancionan con multa de hasta 10 millones a las empresas de transporte que trasladen a España -o la Península desde Ceuta y Melilla- a inmigrantes sin documentación en regla. Dichas empresas deberán hacerse cargo de la manutención y viaje de regreso del extranjero. De lo contrario, se podrán suspender las actividades de la empresa o inmovilizar el medio de transporte.
 
 

• Contra las mafias. Es uno de los aspectos de la ley que no se ha modificado. Los inmigrantes irregulares que denuncien a las mafias que explotan el tráfico de seres humanos y la prostitución quedarán exentos de responsabilidad y no serán expulsados. El Código Penal se modifica para tipificar los delitos contra los derechos de los extranjeros. Otro capítulo de la ley que no ha enmendado el Senado define los actos de discriminación por razón de raza, color, origen nacional o étnico o religión. 

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