El País Digital
Viernes
15 mayo
1998 - Nº 742

El Gobierno eximirá de la mili a todos los jóvenes que amplíen su prórroga hasta el 2002

MIGUEL GONZÁLEZ, Madrid
Todos los jóvenes que estén disfrutando de prórroga en el momento en que se suspen-da la obligatoriedad del servicio militar, lo que está previsto para el 31 de diciembre del 2002, quedarán exentos de cumplirlo. Además, el Gobierno podrá eximir de la mili a los nacidos antes del 1 de enero de 1983 si el proceso de profesionalización del Ejército lo permite. Así lo dispone el proyecto de ley del Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas elaborado por el Ministerio de Defensa. Actualmente, más de 800.000 jóvenes tienen aplazada su incorporación a filas, la mayoría por estudios.


Marineros de reemplazo paseaban
por Cartagena en junio de 1995 (C. Ribes).
El Ministerio de Defensa ha optado porque la extinción del servicio militar obligatorio se produzca de una sola vez y no de forma paulatina. El 31 de diciembre del 2002, si se cumple la fecha prevista, todos los reclutas forzosos serán licenciados y quienes tengan aplazada su incorporación pasarán directamente a la reserva.

Así lo establece una disposición del proyecto de ley del Personal de las Fuerzas Armadas, que regula el régimen transitorio desde el Ejército de recluta forzosa al profesional. El texto señala también que la ley del Servicio Militar no será de aplicación a los varones nacidos a partir del 1 de enero de 1983, en consonancia con el dictamen de la Comisión Mixta Congreso Senado que aprobarán en breve los plenos de las dos cámaras. Pero, además, deja en manos del Gobierno la posibilidad de eximir de la mili a los nacidos antes de esa fecha, en función de cómo evolucione el proceso de profesionalización de las Fuerzas Armadas.

En todo caso, el hecho de que las normas sobre concesión de prórrogas sigan en vigor hasta el final del proceso supone que cientos de miles de jóvenes podrán eludir la mili legalmente. La legislación admite aplazar la incorporación hasta los 27 años como máximo y, en ese momento, declararse objetor, lo que permite a los que ahora tienen menos de 24 años llegar hasta el 2.003.

Servicio militar suspendido

La obligatoriedad del servicio militar no será suprimida sino sólo suspendida, al menos hasta que se deroge la Ley de Criterios Básicos de la Defensa Nacional, de 1980. Los ayuntamientos dejarán de alistar a los mozos para la mili a partir del próximo año.

El proyecto de ley del Personal de las Fuerzas Armadas, que el Gobierno quiere aprobar antes del verano para que entre en vigor el próximo 1 de enero, regula también la plantilla del futuro Ejército profesional, la carrera militar -tanto de los cuadros de mando como de la tropa-, la enseñanza y la movilización de reservistas en caso de crisis.

El propio título de la ley indica que, a diferencia de la del Personal Militar de 1989, a la que sustituye, no se aplicará a los miembros de la Guardia Civil, que tendrán su propia norma.

El proyecto cifra en 48.000 los oficiales y suboficiales (1.720 menos de los previstos actualmente) y en 120.000 los soldados y marineros profesionales (el máximo permitido por el dictamen parlamentario). No se detallan los efectivos por empleos, salvo en el caso de los generales y almirantes, que se reducen de 300 a 265, de los que los 215 corresponderán a los ejércitos (ahora son 267) y 50 al órgano central y organismos internacionales (ahora son 33). También cifra, aunque no con carácter definitivo sino sólo para el primer lustro -se quiere dejar en manos del Gobierno la fijación de las plantillas quinquenales- el número de coroneles y capitanes de navío: 1.235 frente a los 1.340 actuales.

Con la limitación de la plantilla de coroneles se trata de evitar su aumento como consecuencia de otra medida prevista en la ley: la ampliación de 32 a 34 años del tiempo máximo de carrera para quienes no lleguen al generalato. El adelgazamiento de la cúpula militar se hará amortizando la mitad de las vacantes de general y un tercio de las restantes.

También se endurecerán los sistemas de ascenso: ya no será posible llegar por simple antigüedad a los empleos de coronel de la escala superior, comandante de la escala de oficiales y subteniente de la de suboficiales. El sistema de selección ahora vigente se completará con la retención en su empleo de los menos capacitados. Quienes resulten retenidos dos veces ya no podrán ascender.

En compensación, los militares conservarán íntegra su retribución íntegra hasta los 61 años aunque, salvo los generales, pasen a la reserva a los 58. Se homologa así a todos con los mandos con los de los cuerpos comunes.

El proyecto distingue tres clases de militares: de carrera (oficiales y suboficiales), de complemento (hasta ahora llamados de empleo) y de tropa y marinería profesional. Salvo los primeros, los otros tendrán carácter temporal (12 años como máximo), aunque algunos soldados podrán adquirir la condición de permanentes, con el empleo de cabo mayor.

M. G, Madrid
El Gobierno podrá movilizar a todos los españoles, hombres y mujeres, que cumplan durante el año en curso entre 19 y 25 de edad, en caso de que se produzca un acto de fuerza o amenaza contra la soberanía, independencia o integridad territorial de España y de que los reservistas temporales y voluntarios no sean suficientes para cubrir las necesidades de la defensa, según el proyecto de ley del Personal de las Fuerzas Armadas.

Esta movilización podrá ser decidida por real decreto -en contra de lo previsto en la vigente Ley del Servicio Militar, que exige una norma con rango de ley-, aunque el Gobierno deberá informar al Parlamento.

El proyecto del Ministerio de Defensa diferencia tres tipos de reservistas: temporales, voluntarios y forzosos. Se denomina reservistas temporales, aunque también sean forzosos, a los oficiales de complemento y a los soldados profesionales que, tras concluir su contrato con las Fuerzas Armadas, permanecen un tiempo en la reserva.

La duración de dicho periodo depende del tiempo en activo: para los contratos de corta duración (12 a 18 meses), la reserva dura un año; y para los de larga duración (2 a 3 años) se prolonga durante tres.

En los demás casos, y también en el de los oficiales de complemento, la reserva se extiende durante un quinquenio y, además, puede ser prorrogada voluntariamente hasta cumplir la edad de 45 años.

Los reservistas voluntarios, una fórmula inédita en España, serán aquellos que, sin haber pertenecido a las Fuerzas Armadas, se alisten como reservistas en las plazas convocadas al efecto. En función de su titulación, podrán ser soldados o cuadros de mando. Deberán tener más de 18 años y menos de 28 en el caso de la tropa y hasta 35 para acceder a oficial y suboficial.

Se les permitirá usar uniforme en determinadas ocasiones y tendrán tarjeta militar. Percibirán la retribución correspondiente al empleo que ostenten cuando sean "activados" para realizar maniobras, recibir instrucción o prestar servicio. Tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo y a cobertura sanitaria. Si son funcionarios, pasarán a la situación administrativa de servicios especiales.

Junto a los ex militares temporales y de carrera -que permanecen en la reserva hasta la edad de retiro- estos voluntarios completarán la plantilla de las brigadas movilizables.

Además, quienes hagan la mili forzosa antes de su desaparición y los que pasen a la reserva desde una prórroga serán reservistas obligados durante tres años, como ya sucede ahora.

Las mujeres podrán ser legionarias y submarinistas

M. G, Madrid
El proyecto de ley del Personal de las Fuerzas Armadas elimina las últimas limitaciones a la carrera militar de la mujer. En adelante, podrá acceder a cualquier destino, desde la Legión a los submarinos, sin que se la pueda vetar por razones físicas o aduciendo falta de espacio para garantizar su intimidad. Eso sí, para ingresar en las unidades de élite deberá superar las mismas pruebas físicas que el hombre, lo que supone una desventaja. Consciente de que incluso en atletismo existen marcas diferentes por sexo, Defensa se propone instaurar pruebas físicas distintas para hombres y mujeres en las convocatorias para ingresar en las Fuerzas Armadas, aunque no en las unidades especiales.

El proyecto presenta algunas otras novedades:

» Generales de cuatro estrellas. Se crea un nuevo empleo de general en los tres ejércitos -con las denominaciones de general de Ejército, almirante general y general del Aire-, por encima del teniente general. Lo ostentarán el jefe del Estado Mayor de la Defensa y los jefes de los tres ejércitos, así como los militares españoles destinados en organizaciones internacionales cuando ocupen puestos reservados a generales de cuatro estrellas, aunque sólo eventualmente, mientras estén en dicho destino. El Rey seguirá siendo el único capitán general, pero tendrá una estrella más: cinco.

» Manumisión previo pago. Los militares profesionales podrán abandonar las Fuerzas Armadas a petición propia siempre que cumplan los plazos reglamentarios de preaviso y lleven un mínimo de años de servicio (ocho para los de carrera). En caso contrario, deberán indemnizar al Estado con una cantidad equivalente a la invertida en su formación. Este precepto no está pensado, obviamente, para los objetores de conciencia, sino para los especialistas tentados de pasarse a una empresa.

» Consejos asesores. Los jefes de Personal de los ejércitos tendrán un consejo asesor al que podrán dirigirse individualmente los militares para plantear quejas o sugerencias, siempre que no afecten a temas disciplinarios o judiciales. En dicho consejo habrá representantes de todos los cuerpos y empleos, de soldado a general. El proyecto no explica cómo se designarán sus miembros, aunque es más probable que sea por sorteo que por elección democrática.

» Ventajas para los soldados. Todas las plazas de suboficiales se reservarán para los soldados profesionales. También tendrán un cupo reservado en la Guardia Civil y las policías estatales y autonómicas. Haber sido militar se considerará como mérito en las pruebas de acceso a empleos públicos.

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